ACUMULACIÓN DE PROCESOS
PROCEDE ANTE LA EXISTENCIA DE CONEXIDAD ENTRE LOS SUJETOS O LOS HECHOS
“Habiéndose advertido, que en los procesos relacionados se trata de los mismos hechos acusados, donde participaron los inculpados vinculados en la presente, procediéndose a dar una primera lectura a la narración de los eventos históricos que desencadenan la imputación en los casos citados, dando como resultado que los dos imputados que recurren la sentencia condenatoria fueron acusados en el mismo proceso junto a otros, por el delito de Extorsión, en perjuicio de la víctima Clave “752”, siendo estos sentenciados en diferentes vistas públicas.
En atención a lo anterior, es preciso considerar que la figura de acumulación de procesos es una institución jurídica basada en el principio de economía procesal, consiste en la unión de causas, siempre que los asuntos tengan conexidad ya sea en cuanto a los sujetos o a los hechos; teniendo por objeto evitar posibles fallos contradictorios.
Asimismo, el Art. 59 del Código Procesal Penal, dispone que, siempre que no se trate de un hecho de competencia militar, los procedimientos serán conexos; y en su numeral 1) se establece dicha conexidad, cuando los hechos imputados hayan sido cometidos por varias personas mediando acuerdo entre ellas. Por lo que es procedente ordenar la acumulación de los referidos procesos, para dar respuestas armoniosas a las causas en alusión y a fin de garantizar los principios de seguridad jurídica y de justicia pronta y cumplida.
Con base en lo anterior, y siendo que en el orden de ingreso de los procesos a esta Sala, el de referencia 261C2015, fue el primero, se acumulará a éste el identificado como 275C2015; por lo que, a partir de este auto serán nominados con la referencia numero 261C20151275C2015 (Acumulado). Debiéndose tomar en cuenta que la causa número 261C2015, consta de tres piezas compuestas por quinientos veintitrés folios útiles, y el incidente de apelación formado por sesenta y tres folios; y el proceso número 275C2015, formado por tres piezas con quinientos setenta y siete folios útiles, un incidente de apelación de ciento veintiséis folios, haciendo un total de seis piezas que hacen una sumatoria de mil cien folios útiles y un incidente conformado por ciento ochenta y nueve folios.”